El Consultorio Jurídico de la Facultad de Ciencias Sociales de la Corporación Universitaria Antonio José de Sucre - CORPOSUCRE, cuenta con asesores personalizados en las diferentes áreas del derecho y avalados para asesorar y adelantar trámites judiciales y administrativos de conformidad con la ley de consultorios jurídicos. Pesta servicio de asistencia social gratuita a todas las personas de escasos recursos económicos que así lo soliciten en las áreas de derecho civil, famila, laboral, penal y público
Saludo de Bienvenida
Apreciados estudiantes, reciban todos un cordial saludo de bienvenida al Consultorio jurídico de CORPOSUCRE.
La dirección del Consultorio Jurídico y el equipo de docentes asesores, espera que el desarrollo de sus prácticas como estudiantes del programa de Derecho de la Facultad de Ciencias Sociales se convierta en una experiencia enriquecedora que les permita potencializar todos los conocimientos como profesionales en formación.
El inicio de esta etapa de prácticas es una experiencia importantísima para el desarrollo de un abogado pues estaremos de cara a casos reales e interactuaremos con los diferentes usuarios que se acercan hasta nuestras instalaciones, situación esta que contribuirá sin duda alguna a si formación como abogados.
Esperamos que logren aprovechar al máximo esta etapa de prácticas y que juntos trabajemos y hagamos del Consultorio Jurídico un espacio reconocido por su excelente atención.
Cordialmente,
ANDRÉS FELIPE DE LA ROSA COLEY
Director Consultorio Jurídico CORPOSUCRE
En materia de Civil:
- Ejecutivos (Por obligación de dar, por sumas de dinero, por obligación de hacer, por obligación de no hacer, por obligación de suscribir documentos)
- Restitución de Bien Inmueble Arrendado.
- Cancelación y Reposición de Título Valor.
- Interrogatorio de Parte como Prueba Anticipada.
- Incidente de Desembargo.
En materia de Comercial:
- Telecomunicaciones (Contratos con los operadores, facturación, suspensión y cobros entre otros).
- Habeas Data (Derechos y protección de información).
- Calidad, precio, financiación e información engañosa.
- Problemas del consumidor financiero.
- Inconvenientes de cualquier índole, provenientes de la relación como consumidores.
En materia de Familia:
- Fijación de cuota de alimentos.
- Aumento de cuota de alimentos.
- Disminución de cuota alimentaria.
- Exoneración de cuota de alimentos.
- Ejecutivo de alimentos tanto de menores como de mayores de edad.
En materia Laboral:
El consultorio Jurídico conoce de los asuntos cuya cuantía no exceda de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes para el diligenciamiento de procesos ante la jurisdicción laboral, en procedimientos extrajudiciales ante las autoridades administrativas del trabajo sin límite de cuantía.
Son de casos atendidos en esta área:
- Elaboración de liquidación de créditos laborales
- Absolución de consultas sobre reclamación de créditos laborales de trabajadores a empleadores y peticiones ante entidades que hacen parte del sistema integral de seguridad social.
- Adelantamiento de procesos ante la jurisdicción ordinaria laboral
En materia Penal:
- Inasistencias alimentarías
- Hurtos
- Lesiones personales
- Abuso de confianza
- Violencia intrafamiliar
- Estafas, entre otros.
En materia Público:
- Las proyecciones de acciones de tutela
- Derechos de petición
- Recursos en vía gubernativa
Son herramientas que ofrecen a las personas diversas oportunidades para solucionar sus conflictos por sí mismas o con la ayuda de un tercero sin la necesidad de acudir a los despachos judiciales.
En Colombia contamos con la Negociación, la mediación, la conciliación en equidad y en derecho, la amigable composición y el arbitraje.
La conciliación es un mecanismo alternativo de solución de conflictos a través del cual, dos o más personas, naturales o jurídicas, de carácter privado o público, nacional o extranjera), gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.
Es muy fácil solicitar una audiencia de conciliación gratuita. Para ello, podrás completar el formato que puedes consultar aquí y nosotros nos encargaremos de notificar a las partes y al conciliador de la celebración de la audiencia.
La solicitud debe cumplir con la información requerida en el formato y en general con los siguientes requisitos
- Nombre, domicilio y dirección de las partes y de los representantes o apoderados, si los tiene.
- El asunto objeto de controversia y su cuantía o la afirmación de no tener valor determinado.
- Una relación de los documentos que sirvan de prueba a su posición.
- Prueba de la capacidad económica de alguna de las partes, de conformidad con la resolución N° 299 de 2002.
Recibida la solicitud, el secretario verificará que reúna los requisitos mencionados anteriormente e inmediatamente informará por escrito al Director del Centro, quien deberá:
- Determinar si es procedente la solicitud de conciliación teniendo en cuenta la materia sobre la cual se solicita y la capacidad económica del usuario.
- Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, nombrará conciliador y fijará fecha y hora para realizar la audiencia de conciliación, si esta es procedente.
- En caso de no ser procedente la solicitud de conciliación, el conciliador del área respectiva expedirá constancia al interesado, dentro de los 10 días calendario siguientes a la presentación de la solicitud, de conformidad con lo señalado en el art 2°, numeral 3° de la Ley 640 de 2001.
- Esta constancia debe ser archivada en el centro con base en las reglas establecidas en el Decreto 30 de 2002.
- La audiencia deberá realizarse en la fecha y hora señaladas debiendo estar presentes las partes con o sin apoderado y el conciliador.
- En audiencia, el conciliador, en primer lugar deberá ilustrar a los comparecientes sobre el objeto, alcance y límites de la conciliación, procediendo luego a interrogar a las partes, determinando con precisión los hechos alegados y las pretensiones que en ellos se fundamentan, para finalmente proponer fórmulas de mediación y/o para motivar a las partes para que presenten fórmulas de arreglo con base en los hechos tratados en la audiencia.
Nuestro servicio es totalmente gratuito, para acceder usted debe:
- Presentar fotocopia de la cédula de ciudadanía ampliada al 150%
- Fotocopia de un recibo de servicio público con el objetivo que se logre verificar el estrato (1,2,3) o copia del sisben nivel i y ii
Importante: El Consultorio Jurídico de Corposucre, aclara que aquellas personas que posean capacidad económica NO podrán acceder al servicio de asesoría jurídica y defensa judicial prestado por el consultorio. En el caso en que el usuario suministre información falsa, errónea o incompleta sobre sus ingresos y/o estrato socioeconómico, se procederá INMEDIATAMENTE al ARCHIVO DEL CASO.
- Correo electrónico: consultorio_juridico@uajs.edu.co
- Teléfono: (5) 282 3064
- Dirección: Calle 19 No. 21-07 barrio 7 de agosto
- Horario de atención: Lunes a Viernes de 8:00am a 12:00 m - 2:00 pm a 6:00pm
Aprobado Resolución N° 0001 del 24 de Febrero de 2016. Tribunal Superior De Sincelejo
Dirección: Calle 19 N° 21-07 Barrio 7 de Agosto, Teléfono: (5) 2823064.